Te ayudamos a pedir tu subvención del Kit Digital totalmente gratis
Lo que necesitas saber sobre el
Programa Kit Digital
El programa Kit Digital se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la agenda España Digital 2025 y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025. Además, está financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU.
¿Qué es el kit digital y para quién va dirigido?
Están orientadas a las necesidades de las pequeñas empresas, microempresas y trabajadores autónomos, que pertenezcan a cualquier sector o tipología de negocio.
¿Qué te ofrece el Kit Digital?
Segmentos de los beneficiarios
Segmento 1
Bono Digital hasta 12.000€
Empresas de entre 10 < 50 empleados
Segmento 2
Bono Digital hasta 6.000€
Empresas de entre 3 < 10 empleados
Segmento 3
Bono Digital hasta 2.000€
Empresas de entre 1 < 3 empleados y autónomos
Estas empresas podrán recibir un bono hasta un máximo de 12.000€ en ayudas en función del segmento al que se encuentren, que tendrán que utilizar en la digitalización de sus negocios eligiendo las soluciones digitalizadoras del Kit Digital que mejor se adapten a las necesidades de sus negocios.
Soluciones que comercializamos con Kit Digital
Web PYME
SITIO WEB Y PRESENCIA EN INTERNET
Expansión de la presencia en internet de tu negocio mediante la creación de una
página web y/o la prestación de servicios que proporcionen posicionamiento básico en
internet.

Tienda Online PYME
COMERCIO ELECTRÓNICO
Creación de una tienda online de compraventa de productos y/o servicios con inclusión de catálogo de hasta 100 productos y integración de formas de envío y métodos pago.

Oficina Virtual PYME
SERVICIOS Y HERRAMIENTAS DE OFICINA VIRTUAL
Implantar soluciones interactivas y funcionales que permitan la colaboración más
eficiente entre los trabajadores de tu negocio para incrementar la colaboración entre equipos de trabajo.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA SOLICITAR LA AYUDA?
Si cumples las siguientes condiciones, ¡el programa Kit Digital está hecho para ti!
- Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
- Cumplir los límites financieros y efectivos
- Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria
- No tener consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas minimis (de pequeña cuantía).